Derecho Penal Verde: Análisis de los delitos ambientales en el Perú

Luis Alejandro Pebe, miembro del Consejo Editorial de Conexión Ambiental

Los delitos ambientales son constantes en el Perú. El Código Penal (CP) nacional busca prevenir y sancionar este tipo de crímenes ambientales que no colaboran en la lucha contra la crisis ecológica y climática. De este modo, es imprescindible que las personas que cometen estos actos ilícitos, no queden impunes. Así que, es necesario que las instituciones con enfoque ambiental ejecuten medidas para poder detener esta clase de delitos. En el presente texto, se expondrá acerca del contexto jurídico nacional del CP relacionado a los delitos ambientales, y se analizará teóricamente algunos de estos crímenes.

EN LA BÚSQUEDA DEL CÓDIGO PENAL AMBIENTAL

Los delitos pueden ser de distinto tipo. El delito ambiental consiste en acciones ilícitas que perjudican a los distintos elementos de los ecosistemas [1]. Ergo, todos los países buscan desplegar distintas acciones que demuestran una conciencia ecológica para prevenir estos. Por ejemplo, en la realidad nacional, hace más de 10 años, se implementó la Ley Nº29263, que cambió cierto contenido en la Ley General de Ambiental y en el Código Penal. Esta legislación tenía como objetivo sancionar a las personas que cometen crímenes contra los ecosistemas naturales [2]. Así que, se tenía que expandir las tipificaciones del marco normativo.

La modificatoria anteriormente mencionada tuvo efectos positivos, ya que se empezó a sancionar con más efectividad los delitos ambientales al estar mejor clasificados. Algunos ejemplos se pueden ver reflejados en casos de la realidad. Por un lado, en las multas a Pluspetrol, en el contexto de la emergencia ambiental, en algunas regiones de la zona peruana. Por otro lado, en las sanciones penales hacia los pescadores ilegales en la Reserva Nacional de Paracas [3]. De esta forma, su aplicación de este cuerpo normativo ha sido frecuente. Sin embargo, aún quedan ciertos desafíos que los organismos ambientales deben enfrentar con una mejor estrategia.

Bajo esta línea, hay ciertos retos que tiene que lidiar continuamente la aplicación de la sección ambiental del Código Penal. En primer lugar, el exceso de legislación de distintas índole, pero que a la vez, sí está relacionada a temas ambientales, puede obstaculizar la aplicación de las leyes [4]. En otras palabras, la demasía de manifestaciones jurídicas, no es buena, si es que tiene contenido repetitivo. En segundo lugar, la legislación debe incentivar el trabajar con multidisciplinariedad la investigación penal para que se pueda entender la complejidad de este tipo de delitos [4]. De este modo, se reconoce que el ámbito científico es trascendental. Finalmente, la especialización de las fiscalías ambientales, ya que deben recibir una mejor formación para que sus resultados sean sobresalientes [4]. Y estas tienen que ser integrales.

Actualmente, algunas autoridades han entendido la complejidad de los delitos ambientales. Por consiguiente, crean proyectos de ley para mejorar esta sección del CP. El proyecto de ley Nº 6051-2020 busca catalogar como crimen organizado ciertos delitos ambientales [5]. Esta propuesta es excelente, porque reconoce la severidad con la que se debe tratar estos crímenes. Vale la pena destacar que, el autor de este proyecto, Alberto de Belaunde, señaló que las organizaciones criminales tienen las mismas características que las bandas que trafican vida silvestre [5]. Así, reafirmando la trascendencia de esta medida.

LOS DELITOS AMBIENTALES SON UN PELIGRO PARA EL PERÚ

En el CP existen varios delitos ambientales. En primer lugar, la contaminación del ambiente es un delito ambiental que está en el artículo 304 del CP. Este consiste en producir un exceso de componentes contaminantes en los ecosistemas y atmósfera que vulnera la salubridad del ambiente. Vale la pena destacar que, se sanciona con pena privativa de libertad entre 4 a 6 años además de una multa [6]. De este modo, no debería haber tolerancia ante los actos antiambientales. Sin embargo, según World Air Quality, Perú se posicionó hace 3 años en el puesto 22 de la nación con más contaminación [7]. Ergo, este es un reto que debe asumir el gobierno actual. La contaminación no solo vulnera a los espacios silvestres, sino que transgrede el derecho a la salud de las personas y a tener un ambiente sano.

En segundo lugar, el artículo 307 del CP tipifica el tráfico de residuos peligrosos como delito ambiental. Este se define como la acción de realizar una operación con desechos o residuos nocivos que son producto de un procedimiento. Este acto ilícito se sanciona con 4 a 6 años con pena privativa de libertad. También, existe una multa [6]. Hoy, hay instrumentos internacionales como es el Convenio de Basilea que legitiman la importancia de regular el control de los residuos nocivos [8]. El marco normativo nacional e internacional exigen su compromiso para eliminar esta práctica que perjudica al ambiente.

En tercer lugar, el tráfico ilegal de especies de flora y fauna está estipulado en el artículo 308 del CP. Este consiste en que el comercializa ilegalmente este tipo de seres vivos tendrá una pena entre 4 a 6 años, y tiene que pagar una multa [6]. El Estado peruano está buscando erradicar este delito. Por ende, se está incentivando que distintas instituciones públicas como organizaciones no gubernamentales relacionadas a prevenir este crimen realicen talleres a los organismos correspondientes [9]. 

Finalmente, el delito contra los bosques o formaciones boscosas se especifica en el artículo 310 del CP. La persona que deforeste sin la aquiescencia legal correspondiente o vulnere el ecosistema, obtendría una sanción privativa de la libertad entre 4 a 6 años, y brindará servicio comunitario que podría durar hasta 80 días [6]. Asimismo, la Universidad de Maryland determinó que en la selva peruana se deforestó aproximadamente 140 000 hectáreas de bosques primarios hace 3 años. De esta forma, se convirtió en el séptimo país con más frecuencia de este acto delictivo según Global Forest Watch [10].

A MODO DE CONCLUSIÓN

El Derecho Penal es una herramienta trascendental para luchar contra los delitos ambientales. En el Perú, hay un avance en la teoría. No obstante, aún falta mejorar en su aplicación. La sociedad civil debe ayudar en la fiscalización y denunciar los actos de tráfico de especies, deforestación, contaminación, entre otros crímenes relacionados al ambiente. No más impunidad, se debe sancionar a los que consolidan la crisis ecológica y climática con sus actos ilícitos. 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

[1] USAI (s.f). DELITOS AMBIENTALES. https://preveniramazonia.pe/delitos-ambientales/?gclid=Cj0KCQjw2tCGBhCLARIsABJGmZ5MPccnKKuQ5pwOWUoJh9VsK0XJsBD7AcfJ5V1Un1xUBTb-SlDiuFAaAv-wEALw_wcB

[2] Meza, A. (2020, 12 de agosto). Introducción a la persecución fiscal en los delitos ambientales. Conexión Ambiental. https://conexionambiental.pe/introduccion-a-la-persecucion-fiscal-en-los-delitos-ambientales/

[3]Ministerio de Ambiente. (s.f). Delitos AmbientalesDelitos AmbientalesDelitos Ambientales.  https://www.minam.gob.pe/legislaciones/delitos-ambientales/

[4] Urbano, H. (2017, 7 de novimbre). El derecho penal ambiental y las dificultades para su aplicación. LP. https://lpderecho.pe/derecho-penal-ambiental-dificultades-aplicacion/

[5] Comunicaciones Congreso. (2020, 2 de septiembre). Presentan proyecto contra el tráfico de vida silvestre. https://comunicaciones.congreso.gob.pe/damos-cuenta/presentan-proyecto-contra-el-trafico-de-vida-silvestre/

[6] Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2016). Codigo Penal. http://spij.minjus.gob.pe/content/publicaciones_oficiales/img/CODIGOPENAL.pdf

[7] Redacción Gestión. (2019, 9 de junio) https://gestion.pe/economia/lima-octava-ciudad-contaminada-america-latina-269614-noticia/

[8] Corresponsables. (s.f). CONVENIO DE BASILEA. https://peru.corresponsables.com/content/convenio-de-basilea

[9] Redacción. (2021, 23 de junio). Capacitan a funcionarios contra el tráfico ilegal de fauna silvestre. Inforegión.  https://www.inforegion.pe/286132/capacitan-a-funcionarios-contra-el-trafico-ilegal-de-fauna-silvestre/

[10]  Rosales, S. (2019, 30 de abril). Perú es el sétimo país del mundo con mayor deforestación de bosques primarios. Gestión. https://gestion.pe/economia/peru-setimo-pais-mundo-mayor-deforestacion-bosques-primarios-265487-noticia/

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