Escrito por Oscar Andry Tarazona Flores, Valeria Alexandra Torres Rivas, Giuliana Katherine Huamaní Romero y Jessica Isabel Valles Aguilar
Estudiantes de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Este es uno de los artículos más destacados del curso Medio Ambiente, Recursos Naturales y Derecho, a cargo del profesor Pablo Peña.
- Introducción
El delito de tala ilegal es uno de los principales delitos ambientales y a su vez de los más rentables en el crimen organizado en el mundo, según datos del Global Financial Integrity. Es una problemática urgente que no solo se sigue dando en el Perú, sino que a nivel mundial aproximadamente el 47% de los bosques se encuentra en riesgo de deforestación o degradación para el año 2030 (Hancock, 2019).
Según datos del Banco Mundial aproximadamente el 80% de la madera peruana que es exportada al extranjero al año es adquirida por medio de la tala ilegal. Desde el 2013, este delito ambiental se encuentra tipificado en nuestro Código Penal mediante su artículo 310, a pesar de ello, la fortaleza de la comisión de este delito se ubica en la alta disponibilidad de bosques que no gozan de vigilancia, sumado a ello, la inmensa cantidad de productores pequeños que no poseen la posibilidad de emprender de manera formal en el mercado maderero y, la naturalización de esta actividad vista de manera distante a la ilegalidad.
La tala ilegal no solo afecta a los recursos maderables, sino que a su vez puede afectar a las especies que habitan en las zonas afectadas incluso en algunos casos puede tratarse de especies endémicas o en peligro de extinción que de desaparecer podría generar un impacto altamente negativo en el ecosistema.
2. Marco general de los delitos ambientales en el Perú
2.1. Delitos ambientales: incidencia en los principios ambientales y la percepción de la ciudadanía peruana
Los principios son postulados de naturaleza axiológica o técnica que informan la estructura, la forma de la operación y el contenido mismo de las normas y (…) del derecho como totalidad (Rubio 2014:284). Como tal, sirven para la interpretación normativa aclarando el sentido de la ley o imputando contenido valorativo. En ese sentido, son orientadores de la política, el derecho y la gobernanza ambiental (Andaluz 2016:637).
En ese sentido, aseveramos que existen diversos principios ambientales que guardan una estrecha relación con el estudio de los delitos ambientales. Entre ellos están el principio de sostenibilidad, principio de internalización de costos, principio de responsabilidad, principio pro-persona, principio no regresión, principio precautorio y principio de gobernanza ambiental.
Particularmente, nos centraremos en el principio de la gobernanza ambiental, que se encuentra reconocida en el artículo XI de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611. A través de dicho principio se busca la armonización de las políticas, instituciones, normas, procedimientos, herramientas e información de manera tal que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados, en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos, sobre la base de responsabilidades claramente definidas, seguridad jurídica y transparencia.
La forma en que las sociedades eligen gobernar sus recursos naturales tiene consecuencias profundas en la calidad de vida de la población y la sostenibilidad de las economías, de ahí la importancia de incluir los mecanismos, procesos e instituciones mediante los cuales los ciudadanos expresan sus intereses, ejercen sus derechos, satisfacen sus obligaciones y resuelven sus diferencias (Iza 2006).
En este sentido, entender mejor los procesos de gobernanza brinda una mejor lectura del análisis de los delitos ambientales. Por ello, resulta importante tomar en cuenta un estudio reciente realizado por el Proyecto Prevenir de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, también conocida por sus siglas en inglés, USAID (2021) en el que realiza diagnóstico de opinión pública sobre el nivel de conocimiento y percepción sobre los delitos de tala ilegal, minería ilegal y tráfico ilícito de vida silvestre en el ámbito nacional.
En dicho estudio, se identificó hallazgos importantes, entre ellos, que existe poca claridad sobre el concepto «delito ambiental», además de una valoración positiva en tanto las economías ilegales ofrecen oportunidades para generar ingresos. Este es el caso de la tala ilegal; sin embargo, ocurre lo contrario con la minería, que tiene una alta connotación negativa. También, la ciudadanía señala al Estado como el principal responsable de combatir los delitos ambientales, pero lo perciben ausente e inactivo para el control de actividades ilegales, así como para la satisfacción de necesidades y la generación de desarrollo.
Por su parte, también se menciona que, tanto las mujeres como las comunidades indígenas son percibidas como los grupos más interesados en recibir información sobre los problemas ambientales. Cada vez existe una apuesta más grande para que estos grupos se posicionen como agentes de cambio en la sociedad. Asimismo, la población joven (18-24 años) es la que les da más importancia a los problemas ambientales. Un 32,3% de ellos señaló a la contaminación o a otras problemáticas ambientales como prioritarias en cuanto a su solución.
En ese sentido, la agenda ambiental del país debe permitir la oportunidad de construir mensajes para identificar con claridad el concepto de «delito ambiental» y tomar conciencia al respecto. Ciertamente, en el ámbito ambiental, para alcanzar la gestión integrada del paisaje se requiere un alto nivel de coordinación interinstitucional entre los entes públicos desde lo local hacia lo nacional y regional. Los recursos naturales que se ven afectados por los delitos ambientales son parte de procesos sociales, económicos y políticos mucho más amplios. Por esto es importante la articulación plena al elaborar políticas, programas y planes de acción. También es necesario fomentar una amplia participación social, que asegure la representación y negociación de todos los intereses (IUCN, 2017).
2.2. Definición y características del delito ambiental en el Perú
En el Perú, los delitos ambientales son de larga data, y en el camino recorrido hasta la fecha, se han producido esfuerzos como resultados de cara a estos fenómenos criminales. Existen esfuerzos institucionales en materia normativa sancionadora, aprovechamiento de recursos naturales y fiscalización que regula las gestiones ambientales de los agentes económicos frente al ambiente (CONAPOC, 2020:8).
Los delitos ambientales son aquellas acciones u omisiones contrarias al ordenamiento jurídico que pretende vulnerar el bien jurídico medio ambiente, mediante una amenaza punitiva. En ese sentido, todas estas conductas que causen o puedan causar perjuicio, alteración o daño grave al ambiente se encuentran sancionadas con una pena expresamente determinada (DAR, 2021).
Los delitos ambientales han tenido un avance importante desde sus cambios en la tipificación e incremento de penas. Con anterioridad a la emisión de la Ley N° 29263 – publicado el 18 de octubre de 2013 – no existían penas efectivas de prisión, en virtud de esta nueva Ley se modifica el Título XIII del Código Penal peruano, para iniciar a sancionar con penas mucho más duras los delitos ambientales. Hoy en día esto ha tomado gran importancia a raíz de los diversos cambios normativos y del contexto nacional e internacional (Ipenza, 2018: 25), siendo los delitos ambientales más recurrentes en el Perú los vinculados a temas como minería ilegal, tráfico de especies y tala ilegal.
A continuación, detallaremos las principales características de los delitos ambientales:
- Se encuentran tipificadas en leyes penales en blanco, pues son normas en la que se indica la sanción aplicable a una conducta típica, pero no se describe completa y detalladamente el supuesto de hecho ni las conductas prohibidas. Motivo por el cual, se hace remisión a otras leyes (penales o extrapenales) o normas de rango inferior (Baldomino, 2009:125).
- En el Perú, la ley penal en blanco es empleada para la protección de diversos bienes jurídicos, entre los que figura el medio ambiente. Aquella decisión se tomó porque la materia ambiental está vinculada al avance de la ciencia y el crecimiento económico, factores que generan la necesidad de una regulación especializada. Por ende, la potestad legislativa es parcialmente delegada al Poder Ejecutivo, el cual está compuesto por Ministerios y Organismos Públicos Especializados en materia ambiental (Zegarra, 2019:48).
- Para enfrentar un delito ambiental, no se aplican las reglas del derecho tradicional, requieren reglas y técnicas especiales por el carácter dinámico y complejo del bien jurídico tutelado – medio ambiente, sus componentes y su desarrollo de procesos ecológicos (Ipenza, 2018: 25).
- Uso frecuente de diversos principios ambientales durante los procesos de investigación penal.
- El sujeto activo es cualquier persona natural o jurídica que realice el delito y el sujeto pasivo viene a ser el Estado peruano (DAR, 2021).
- Son delitos de lesión, daño y de peligro (daño indirecto salud o la población y daño ecológico que es el medio ambiente y sus componentes).
- Actuación del Derecho Penal como última ratio (intervención mínima), debiendo ser el último recurso que debe de utilizar el Estado cuando se carece de otros menos lesivos. El Derecho Penal actúa en la protección penal del medio ambiente de forma accesoria y subsidiaria con respecto al Derecho Administrativo (Martínez, 2015: 34).
2.3. Clasificación de los delitos penales en el Perú
Como se ha venido explicando, los delitos ambientales, se encuentran previstos en el Título XIII del Código Penal peruano, encontrándose subdividida en cuatro capítulos siendo los siguientes:
– Delitos de Contaminación
– Delitos contra los recursos naturales
– Responsabilidad Funcional e Información Falsa
– Medidas Cautelares y Exclusión o Reducción de Penas
En el presente ensayo, nos centraremos en el delito de la tala ilegal, que forma parte de los delitos contra los recursos naturales, específicamente por la afectación que genera a los bosques peruanos. Al respecto, el 60% del territorio nacional está cubierto de bosques (73.3 millones de hectáreas), ubicados en la costa, sierra y selva; lo que nos convierte en el segundo país de América Latina con mayor extensión de bosques tropicales, después de Brasil. La mayor extensión de nuestros bosques (94%) se encuentra en la Amazonía (MINAM, s.f.).
Además, el Perú es el cuarto país con mayor superficie de estos ecosistemas en el mundo. Nuestros bosques generan importantes beneficios para el país y el planeta: son fuente de recursos naturales, agua, plantas con propiedades medicinales y alimentos; son hábitat de pueblos indígenas, emporios de biodiversidad y desempeñan un rol fundamental en la estabilización del clima y el ambiente. Los bosques tienen un gran potencial para el desarrollo de iniciativas productivas sostenibles generadoras de bienestar para la población que los habita (MINAM, s.f.).
Coincidimos con el especialista Manuel Pulgar Vidal (2011), quien asegura que uno de los mayores retos para alcanzar el objetivo de la gobernanza de los recursos naturales es enfrentar de manera integral los factores que generan, en la actualidad, controversias, conflictos, ilegalidades y vacíos. En esa línea, resulta importante una mirada integral e interdisciplinaria del tratamiento de los delitos ambientales en el Perú, tomando en cuenta sus causas y sus consecuencias principalmente, para los grupos en situación de vulnerabilidad.
3. El delito de Tala Ilegal en el Perú
3.1 Aproximaciones al delito de la tala ilegal
Los delitos ambientales, siguiendo con lo estipulado en el artículo 11 del Código Penal “son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley”, por lo tanto en este caso el bien jurídico afectado, y el que debe ser protegido, es el Medio Ambiente. La tala ilegal está ubicada dentro del grupo de delitos contra los recursos naturales los cuales se dan cuando un agente adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta productos o especímenes de la biodiversidad/bosques, sin un permiso o certificado (MIDAGRI, 2018: 17).
El delito de tala ilegal se encuentra tipificado en nuestro Código Penal en el título XIII sobre los delitos ambientales en el artículo 310 sobre Delitos contra los bosques o formaciones boscosas, adicionalmente es importante tomar consideración de los artículos 310-A , 310-B y 310-C en los cuales se desarrollan mayores alcances del delito en cuestión, especificando las conductas y las penas para cada tipo de sanción incluyendo el caso de obstrucción del procedimiento y las formas agravadas del delito. Asimismo, en lo que respecta al delito cometido por funcionarios públicos, el artículo 314 es el que estipula las penas correspondientes de acuerdo al actuar de los servidores públicos.
Nuestra Amazonía cuenta con 68 millones de hectáreas de bosques de los cuales cada vez se ven más perjudicados por la tala ilegal. Algunas de las principales causas por las cuales este delito persiste a pesar de ser sancionado, son la alta disponibilidad de bosques sin derechos asignados y sin adecuada vigilancia, así como la existencia de un gran número de pequeños productores madereros que no cuentan con mecanismos que permitan su acceso formal al bosque (MIDAGRI, 2018: 8) No obstante, durante los últimos años el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (en adelante, OSINFOR) menciona que los valores de tala ilegal han ido disminuyendo en nuestro país.
3.2 Regulación del delito de Tala Ilegal
Con respecto a la regulación de los delitos ambientales, esta tiene un avance con la creación del Ministerio de Ambiente en el 2008, el cual, debido a latentes problemáticas ambientales y a la presión ejercida en el Estado peruano para la concretización del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos -el cual fue firmado el año 2006- se da la modificación del Código Penal y las distintas penas aplicables a los delitos en materia ambiental.
El derecho tutelado por medio de la legislación ambiental es el derecho a gozar de un medio ambiente sano y equilibrado el cual es considerado un derecho de tercera generación conocidos a su vez como “derechos colectivos” y “derechos de la humanidad”, los cuales en palabras del doctor Cesar Ipenza nacen para corregir las graves injusticias que sufre la humanidad. Cabe resaltar que muchas veces los delitos ambientales no generan solo daños a las generaciones presentes, sino que por el contrario, muchos de los daños ocasionados pueden generar consecuencias irreversibles que afecten a las siguientes generaciones incluso en mayor medida que a la actual.
3.3 Principales autoridades y entes fiscalizadores de la tala ilegal
Tal y como se ha evidenciado, contamos con la legislación adecuada en nuestro Código Penal para poder luchar contra este tipo de delitos, no obstante, ¿por qué razón continuamos con esta batalla desde ya hace varios años? Pues no es por falta de autoridades o entes que deban encargarse de tal sector. Contamos con diferentes entes que tienen la misión de ejercer fiscalización en el sector forestal habiendo logrado la conformación de La Comisión Multisectorial Permanentemente de Lucha contra la Tala Ilegal (en adelante, “la Comisión”). Dicha Comisión fue creada con el propósito de proponer acciones para una lucha frontal contra la tala ilegal y está integrada por 15 entidades gubernamentales y es presidida por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, representada por el Alto Comisionado en Asuntos de Lucha contra Tala Ilegal, tal y como se estipula en el Decreto Supremo 052-2002-AG.
Adicionalmente a la Comisión, dos entes que tienen relación directa en la fiscalización y protección de los recursos forestales son el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (en adelante, SERFOR) el cual se encarga de “dictar las distintas normas y los procedimientos a seguir para el adecuado aprovechamiento sostenible y la conservación del patrimonio forestal y de fauna silvestre en nuestro país” (MIDAGRI, 2018: 21). Una de las labores principales que ha venido desarrollando es en relación a la supervisión de distintas especies CITES amenazadas en las regiones de Madre de Dios, Ucayali y Loreto.
La otra entidad con gran relevancia para el sector forestal es el OSINFOR el cual se encarga de “supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes otorgados por el Estado y los planes de manejo respectivos, que tengan como objetivo el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como los servicios ambientales provenientes del bosque”. (MINAGRI 2018:25) Esta labor es de gran importancia ya que permite prevenir el comercio ilegal de los diferentes productos forestales a nivel nacional.
A su vez el OSINFOR, ha venido realizando en los últimos años otras actividades que han ayudado en gran medida en la lucha contra la tala ilegal y ha permitido mayores avances, dentro de los proyectos realizados se encuentran las distintas capacitaciones brindadas a los distintos actores involucrados como lo son las comunidades nativas sobre la normativa forestal, adicionalmente continuaron con supervisiones realizada a los distintos casos presentados de tala ilegal así como la activación de alertas por extracción ilegal. Para cada una de estas acciones el OSINFOR trabaja en conjunto con diferentes autoridades y gracias a la Comisión el trabajo de fiscalización y generación de propuestas para la solución de distintas problemáticas tiene mayor eficacia.
Adicionalmente a estos entes, otro actor muy importante en la conservación de los recursos maderables y en general de todos los recursos naturales es el MINAM, el cual tiene la misión de promover la conservación y el uso de manera sostenible de los recursos naturales de nuestro país, teniendo de esa manera relación y participación directa dentro de las diferentes actividades y mecanismos en pos de la conservación de los bosques y prevención de la disminución de la deforestación amazónica (MIDAGRI,2018:30). Por último, un ente que tiene gran importancia en la lucha contra los delitos ambientales es la Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental (en adelante, FEMA) la cual ejerce acciones de interdicción y distintos operativos que buscan prevenir y sancionar los distintos delitos de tala ilegal en el país, principalmente, en la Amazonía.
3.4 La trazabilidad y la tala ilegal
Una acción muy importante para poder identificar y entender los distintos momentos del crimen en el caso de la tala ilegal es por medio de la trazabilidad la cual permite identificar el origen y las distintas etapas del proceso de producción del recurso en cuestión, es decir desde la solicitud realizada para poder comercializar el recurso hasta el momento de su comercialización (Ipenza, 2018:85). La razón de la importancia de la trazabilidad es que permite un mejor control de los recursos y en caso se realice de manera ilegal permite una mayor facilidad para poder determinar la responsabilidad penal de los implicados debido a los roles y tareas que cumplen dentro del proceso. La trazabilidad delictiva es muy común en dos delitos ambientales en concreto, en la minería y en los delitos forestales.
Actualmente, podemos hablar de un avance en la legislación en lo que respecta a la lucha contra los delitos ambientales siendo un claro ejemplo de esto la nueva ley de crimen organizado en la persecución del delito ambiental que otorga mayores facilidades en la lucha contra delitos ambientales como el tráfico de fauna silvestre (Ipenza, 2018: 86). Si bien es grande el esfuerzo de las autoridades sigue siendo necesario una mayor cultura ambiental y brindar un mayor acceso a la información y mayor fiscalización de los recursos naturales. Incluso, este tema representa una oportunidad para que el Perú siga colaborando con países como Colombia, Ecuador y Bolivia en distintos gabinetes internacionales para buscar diferentes mecanismos para continuar con esta lucha y estableciendo distintos compromisos para lograr mejores resultados (MIDAGRI,2018:55). Conscientes que la tala ilegal no va a desaparecer de un momento a otro y por tal razón, es importante que, en conjunto con los diferentes países que padecen la misma problemática se busquen mecanismos para combatir estos delitos.
4. Deforestación y su impacto en el cambio climático en el Perú
4.1. Concepto de deforestación y relación con la tala ilegal
Ahora bien, respecto a la deforestación y su impacto en el cambio climático en el Perú, primero, es importante señalar el concepto de deforestación. Este representa, de acuerdo con la Food and Agriculture Organization of the United Nations (FAO), un proceso de remover la cubierta forestal, de manera que, se transforma la zona para otro uso (2012: 6) De tal manera, implica la conversión del bosque “a plantaciones de árboles, agricultura, pastizales, reservas de agua y áreas urbanas” (Smith y Schwartz, 2015: 5).
Considerando lo anterior, el impacto de la deforestación permite la emisión de gases de efecto invernadero, que genera una pérdida de extensiones de biomasa arbórea, la cual pone en riesgo la biodiversidad. Es decir, tanto a los individuos arbóreos como también a los refugios destinados para la fauna silvestre y servicios ambientales (MINAM, 2009: 9).
Cabe resaltar que, es posible que de una tala ilegal se transforme en una deforestación. Y es que, por un lado, la tala legal es cuando se extrae madera de zonas autorizadas, mientras que, por otro lado, la tala ilegal es cuando aquella extracción selectiva se realiza en zonas no autorizadas.
Entonces, sobre esta última, se vincula con la deforestación al representar, así como asegura el MIDAGRI, la causa principal que ocasiona la pérdida de bosques tropicales, al igual que, la pérdida del hábitat humano y de la biodiversidad de la fauna silvestre (Dioses, 2013: 7). Justamente, de acuerdo con el MINAM, dentro de las principales causas de la deforestación, se encuentra “la tala y la quema” que realizan los campesinos a fin de “convertir el suelo de los árboles en zonas de cultivo”; a ello también se le suma la ilegalidad (2014: 277).
Y es que, como bien se mencionó, cuando un bosque se quema o hay una tala indiscriminada, “las tierras que antes fueron bosques” se transforman en “nuevos emisores de dióxido de carbono”, de tal manera que, cada vez más se pierde la “capacidad de mantener el aire respirable” (MINAM, 2014: 272).
4.2. Marco general de las obligaciones internacionales suscritas por el Estado y recientes compromisos climáticos con incidencia en los recursos forestales
A nivel del sistema universal, se destacan compromisos y acuerdos internacionales suscritos por el Estado peruano como es el caso de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. En aquel tratado, se estableció, entre los Estados partes, contribuir al objetivo, el cual era “estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera”, de manera que se evita “llegar a un nivel de interferencia antropogénica” riesgosa (MINAM, 2016).
Además, se destaca el hecho de que los bosques, son “grandes contenedores” de “carbono en la biomasa”, suelos y “como sumideros” del mismo (Ruis, s.f.). En ese sentido, resulta importante la conservación de los bosques, por ende, la importancia de fortalecer las prácticas forestales sostenibles.
Otro acuerdo internacional es el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual tiene por objetivo la “conservación de la diversidad biológica”, así como también, un uso “sostenible de sus componentes” y busca asegurar una participación justa y equitativa (Naciones Unidas, 1992). De manera que, en relación a los bosques, en este acuerdo se indica que los “ecosistemas forestales” tienen un “70% de especies vegetales” y en tanto ello, se busca alcanzar a incluir a los bosques dentro de aquel ámbito (Ruis, s.f.).
Justamente a la tercera conferencia realizada, en virtud de aquel Convenio, se aprobó un “Programa mundial para la diversidad biológica forestal”, el cual se encuentra encaminado al desarrollo, investigación y cooperación de tecnologías indispensables para la conservación, así como, “uso sostenible de la diversidad biológica forestal” (Ruis, s.f.).
En el mismo sentido, otro acuerdo internacional es la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación (CLD). Esta convención fue aprobada por el Estado peruano el 1994 (Sistema Nacional de Información Ambiental, s.f.) Gracias a ella, se elaboró una Estrategia, la cual plantea objetivos destinados a hacer frente “proceso de degradación de tierras” (Ministerio del Ambiente, 2011: 5).
Cabe resaltar que, según la Cuarta Comunicación Nacional del Perú a la Convención de Lucha contra la Desertificación y la Sequía, “las regiones donde se concentran las tierras secas (…) muestran una evolución creciente de la deforestación” que se han venido incrementando con los años “en más de un millón de hectáreas en un periodo de 15 años” (Ministerio del Ambiente, 2011: 33).
En cuanto a nivel regional, el Acuerdo de Escazú toma gran relevancia. En un inicio, el Perú suscribió aquel acuerdo en el año 2018, no ha sido ratificado hasta el momento (DAR, 2021). Este acuerdo establece estándares mínimos a ser implementados por los Estados partes, con el fin de garantizar tres derechos de acceso: a la información, participación pública y justicia ambiental (Actualidad Ambiental, 2019).
Este acuerdo guarda relación estrictamente con los delitos ambientales, entre ellos, la tala ilegal, porque el acuerdo busca ser un marco orientador de la “evolución de la administración de justicia ambiental” (Actualidad Ambiental, 2019), sobre todo en un contexto de delitos ambientales que perjudican el goce de recurso de naturales, como es el bosque.
Así también, recientemente, se han sumado nuevos compromisos frente al cambio climático como la XXVI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas (COP 26) en la cual se destacó, dentro de los principales aspectos, un nuevo acuerdo entre 110 Estados, con el fin de detener la deforestación al 2030, de manera que, ello da pase a “mejorar la efectividad” de los bosques “como sumideros de carbono” en la lucha ante el Cambio Climático (El Peruano, 2021).
En el marco de la COP 26, se resalta que el Estado Peruano se ha comprometido con lograr una “reducción de gases de efecto invernadero al 40%” con miras al año 2030 (Salmón, 2021). Por lo tanto, ello significaría que Perú se comprometería a reducir la deforestación de bosques, pues, como bien se conoce, la “deforestación representa el 47%” de emisiones de gases de efecto invernadero en el país (MINAM, 2012:2). Uno de los mecanismos que se han adoptado ha sido el Programa de Reducción de las Emisiones derivadas de las Deforestación y Degradación de los bosques (REDD+), el cual, en el marco de la COP 2007, fue creando con el fin de “prevenir la deforestación”, así como promover una gestión forestal sostenible con ciertos resultados llamativos (Conexión COP, s.f.).
4.3. Casos relevantes
Según el Monitoring of the Andean Amazon Project, la minería ilegal, así como las actividades agrícolas, en Madre de Dios, provocaron que, para el 2017, la deforestación alcance “20 826 hectáreas”, lo que representa una de las tasas más altas del país (Actualidad Ambiental, 2018). Y, en lo que respecta al 2020 en adelante, se identificaron “nuevos de focos de minería ilegal” en dicha región, como consecuencia de ello, un incremento de hectáreas deforestadas (Actualidad Ambiental, 2021)
Con todo ello, de acuerdo con García, Madre de Dios se ha convertido en una de las regiones que presenta “el sector con la mayor degradación” generada como consecuencia de actividades ilegales (2019). Y es que, como bien señala Ricardo, secretario ejecutivo de la Red Amazónica de Información Socioambiental Georreferenciada (RAISG), la “incidencia de la minería ilegal en la Amazonía” se ha incrementado con el pasar de los años “en los territorios indígenas y áreas naturales protegidas” (En García, 2019).
Evidentemente, la minería ilegal ha sido la actividad ilegal que más ha ocasionado un gran impacto, razón de ello es que hay un gran número de áreas deforestadas. Tal es así que, en el caso de la Reserva Nacional de Tambopata (área nacional protegida), ubicada en Madre de Dios, ha sido gravemente afectada por aquella actividad ilegal; en donde se reporta que hubo, entre los años 2020 y 2021, “más de 15 hectáreas deforestadas” (CooperAcción, 2021). Ante ello, el Estado peruano para contrarrestar ello, por ejemplo, reforestó “641 hectáreas” de las zonas afectadas al interior de la Reserva (CooperAcción, 2021).
Otro caso relevante es la situación en la que se encuentra toda la zona de Ucayali, que en el 2020 el incremento de deforestación ha sido el más alto. Una de las razones y las consecuencias ocasionadas por la deforestación en la zona son la deforestación por motivo de narcotráfico y la creación de carreteras para este uso, lo cual ha sido causante de varios asesinatos en los últimos años. Y es que, en aquella región, se han registrado altos índices de deforestación (“12 345 hectáreas”), particularmente entre los caseríos de Parinari y San Pablo de Anguillal con límite sureste al Parque Nacional Sierra del Divisor, debido a la tala indiscriminada para el sembrado de hoja de coca (Mongabay Latam, 2021). Asimismo, en zonas cercanas al límite de la frontera con Brasil, se detectaron “45 pistas de aterrizaje clandestinas”, de las cuales algunas de ellas se encuentran sobre concesiones forestales y comunidades nativas (Mongabay Latam, 2021).
Cabe resaltar que estos últimos años los defensores ambientales se vieron altamente amenazados, siendo la pandemia un incentivo para que se cometan distintos delitos ya que las organizaciones criminales utilizaron las restricciones del COVID-19 para controlar los territorios de los pueblos indígenas (Mongabay Latam, 2020) . Dos defensores ambientales de Ucayali fallecieron en febrero del presente año. Yenes Ríos Bonsano y Herasmo García Grau defendieron los bosques contra la tala ilegal y el narcotráfico, aspecto que muestra la situación de riesgo en la que viven las personas que viven en la Amazonía peruana (Ojo Público, 2020). Frente a ello, se llega a la reflexión de que se requiere que tanto el Estado peruano a través de sus diversas entidades adopten estrategias, así como la aplicación de normativa nacional e internacional, con el fin de no sólo contrarrestar las consecuencias ocasionadas por los distintos delitos relacionados con la deforestación, ya sea la minería ilegal, el narcotráfico, entre otros.
5. Conclusiones
Precisamos la necesidad de la acción conjunta de los actores públicos y privados en el manejo de esta problemática tan enraizada y naturalizada en el contexto nacional; por ello, es inevitable la preponderancia del principio de gobernanza ambiental, como un medio de modulación efectiva a las consecuencias que se pretende alcanzar en cuanto al dinamismo de las políticas públicas y la acción del estado, ya que, la latente carencia de seguridad jurídica y transparencia en los procedimientos imposibilitan la construcción de parámetros permanentes en la lucha contra el crecimiento de la tala ilegal.
Asimismo, la naturalización de esta actividad a través de una valoración positiva desde las perspectivas económicas hace que el margen de posibilidad para la comisión del delito se eleve a un ritmo incontrolable. De este modo, se genera un impacto de manera más directa, que no solo afecta el bienestar de la Amazonía, sino que, dirige sus directrices en torno a las esferas económicas, sociales, políticos e, incluso, culturales. Estos factores, si bien se relacionan de manera directa, no generan una conciencia sólida en el colectivo acerca de lo negativo de la actividad y, por lo contrario, se perpetúa su consumación a través de la expansión.
Sin embargo, no podemos dejar de lado el interés estatal con respecto a la tipificación e incremento de las penas con relación a este delito, así como garantizar recursos eficaces al acceso a la justicia ambiental.
Del mismo modo, se adiciona la importancia de las gestiones interdisciplinarias en el tratamiento de los delitos ambientales en el Perú, ya que, los diversos factores que engloban su origen y desarrollo facilitarán la identificación de las consecuencias que genera. Esto es de vital importancia, ya que, esta mirada integral de los delitos ambientales nos permitirá combatir con efectividad su permanencia en la esfera económica. Y esto se puede lograr a través de la trazabilidad, una técnica de relevancia por su permisión a la determinación eficaz de la responsabilidad penal de los actores implicados en este delito.
Por último, el delito de la tala ilegal es una problemática de atención urgente, pues, como se mencionó líneas más arriba, nuestra Amazonía cuenta con 68 millones de hectáreas de bosques de los cuales cada vez se ven más perjudicados por la tala ilegal. Por lo que, la protección de los recursos naturales y los derechos colectivos deben responder al fortalecimiento de los mecanismos de protección de los recursos forestales, frente a la deforestación que viene destruyendo a gran escala la biodiversidad de la Amazonía.
6. Recomendaciones
- En vías de enfrentar los beneficios económicos de los delitos ambientales, es necesario exacerbar la concientización sobre la negatividad de la actividad, de modo que, se logre incentivar las compras de origen legal y aplicar métodos eficientes para mejorar la conciencia en el mercado nacional.
- En esa misma línea, es necesario brindar apoyo técnico y financiero, tanto para dichos procesos como para la mejora del rendimiento y productividad. Así como reducir los costos y los trámites de la legalidad, para ello, se debe simplificar y dar mayor agilidad a los trámites para la formalización, entendiendo las diversas realidades, en particular, de la Amazonía peruana.
- Con respecto a las fallas de control y sanción, es precisa la articulación e interoperabilidad entre los ministerios del sector ambiental y justicia, así como el sistema nacional de justicia. Para ello, se debe dotar de recursos humanos y presupuestales para la supervisión y control efectivos.
- Reforzar la tecnología con el monitoreo y vigilancia a través de los actores locales y enfrentar de manera inteligente y organizada los delitos ambientales y a la corrupción para una mejor integridad pública.
- Asimismo, se debe propiciar facilidades dirigidos a pequeños extractores en su entrada al mercado, por ello, implementar un marco normativo con relación a ello es vital, para el aprovechamiento de bosques locales y apoyar el posicionamiento de productos en el mercado.
- En diferentes países, como es el caso de Chile y Costa Rica, la lucha contra la tala ilegal ha permitido mejorar el uso de la información y monitoreo de la tala ilegal con herramientas informáticas, así como formular una adecuada estrategia de capacitación para contrarrestar la tala ilegal, la cual debe partir de un diagnóstico de las necesidades, intereses y capacidades de los integrantes de los grupos meta a quienes se pretende capacitar. Asimismo, se ha permitido gestionar de manera más sostenible el cambio de uso de suelo ocasionado por las diversas actividades económicas. Estas acciones tendrían que estar acompañadas de una mejor interacción entre los diversos procesos administrativos, técnicos y legales relacionados con el uso de los bosques.
Bibliografía:
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