Desde Conexión Ambiental, presentamos la cuarta entrega de «Perspectivas Ambientales», en esta ocasión se realizó una entrevista a José Cúneo, socio del estudio Estudio Payet, Rey, Cauvi y Pérez Abogados, quien lidera el área minera, especializándose en derecho corporativo, transacciones financieras, fusiones & adquisiciones y transacciones mineras.
Asesora regularmente a empresas mineras locales e internacionales y otros participantes del sector minero, así como inversionistas y financistas. Cuenta con amplia experiencia en el financiamiento de proyectos mineros, adquisiciones de activos vinculados con la actividad minera y negociaciones de acuerdos de inversión en diversos sectores.
En la presente entrevista, José Cúneo nos explicará el desarrollo de los bonos verdes dentro del espacio económico. Además, de explicar cuáles son sus principales características y retos.
1.¿Qué son los bonos verdes?
La principal diferencia de un bono verde con un bono corporativo ordinario es que los fondos prevenientes de la emisión de un bono verde deben ser utilizados, exclusivamente, para financiar o refinanciar, total o parcialmente, proyectos que tengan un impacto ambiental favorable. Para que un bono sea reconocido en el mercado de capitales como “verde” debe cumplir con los estándares internacionales establecidos por los Green Bond Principles del International Capital Market Association (ICMA) que, principalmente, se sustentan en: (i) uso de fondos; (ii) identificación y evaluación de proyectos; (iii) administración de los recursos; (iv) obligaciones de reporte periódico a los inversionistas; y (v) revisiones externas sobre la correcta asignación de los recursos a los proyectos elegidos.
Actualmente, no hay en el Perú normativa especial que regula la emisión de bonos verdes, por lo que su emisión se sustenta en los principios internacionales y la autorregulación por parte de los participantes del mercado.
2. ¿Qué sectores han atraído más a los inversionistas que han participado en emisiones de bonos verdes en Perú?
Más que un sector en particular que haya atraído a los inversionistas a invertir en bonos verdes, la oferta de este tipo de instrumentos por parte de emisores peruanos ha estado concentrada principalmente en el financiamiento o refinanciamiento de proyectos relacionados con el sector eléctrico.
Esta tendencia es similar a lo que ocurre en el resto de Latinoamérica. Según datos del Climate Bonds Initiative al 2021, del total acumulado de bonos verdes emitidos en América Latina y el Caribe, aproximadamente el 44% corresponde al sector energético. Es más, el 95% de los bonos verdes emitidos por Argentina, Barbados, Bermudas, Costa Rica, Perú y Uruguay fueron destinados a este sector. De hecho, el primer bono verde emitido por una empresa corporativa en América Latina y el Caribe fue el lanzado en el 2014 por la empresa peruana Energía Eólica (Contour Global), y la emisión más grande de bonos verdes por una empresa peruana fue la realizada en el 2019 por Consorcio Transmantaro S.A. (CTM), la que levantó US$400 millones. También en el 2019 COFIDE – banco de desarrollo estatal – emitió el primer bono verde por una institución financiera peruana. Si bien de acuerdo con el uso de fondos previsto en el Prospecto Informativo los recursos de bonos podían ser utilizados para financiar o refinanciar operaciones de financiamiento de proyectos ambientales (producción de energía renovable (eólicas, fotovoltaica y pequeñas centrales hidroeléctricas), tecnologías de la información y comunicación, manejo forestal sostenible, transporte limpio, acuicultura sostenible, agricultura sostenible, saneamiento (tratamiento de aguas residuales), entre otros, el 100% de los recursos de este bono fueron a financiar la construcción de una central hidroeléctrica.
Por tanto, unos de los retos de la emisión de bonos verdes en el Perú es lograr una mayor diversificación por tipo de sector.
3.¿Qué se requiere para incentivar la emisión de este tipo de bonos en el país?
Algunas medidas que podrían considerarse para incentivar la emisión de bonos verdes son las siguientes:
- Incrementar la difusión del marco regulatorio, procedimientos y lineamientos de emisión de bonos verdes entre potenciales desarrolladores de proyectos ambientalmente amigables que requieren acceso a financiamiento. La Guía de Bonos Verdes para el Perú elaborada con la participación de la Bolsa de Valore de Lima es un ejemplo de ello.
- Estandarización de los procesos y lineamientos aplicables a la emisión de bonos de tal modo que se reduzcan los costos adicionales derivados de la realización de certificaciones externas, del monitoreo de los recursos y de la presentación de reporte periódicos, a fin de que estos instrumentos sean más competitivos. La regulación puede cumplir un rol importante para conseguir este propósito.
- Fomentar la participación activa de actores financieros –como la banca de desarrollo y comercial, bancos multilaterales de crédito y bolsas de valores– en el diseño e implementación de estos mercados, en la estructuración de instrumentos con componentes verdes, en la estandarización de productos y procesos y dando mayor visibilidad a esta clase de activos.
- Estructuración de instrumentos, como titulizaciones, a través de los cuales se pueda agrupar un portafolio de proyectos ambientalmente amigables o sostenibles, con el fin de que pequeños desarrolladores puedan acceder a inversionistas institucionales.
- Fomentar la participación del Estado como emisor de bonos verdes soberanos. Por ejemplo, el BID considera que los bonos verdes soberanos representan una oportunidad para muchos países de la región que quieran canalizar los mercados de capitales nacionales e internacionales hacia inversiones sostenibles.
- 4.¿Existe alguna entidad o mecanismo que permita dar transparencia al mercado de este tipo de instrumentos y por ende dar seguimiento al uso adecuado de los fondos?
Dado que no existe normativa específica que regule la emisión de bonos verdes, el “enforcement” de los compromisos asumidos por el emisor viene dado, principalmente, por la sanción que el propio mercado impone a aquel emisor que los incumple. De este modo, por ejemplo, el emisor que no cumpla con destinar los fondos obtenidos de la emisión al financiamiento de los proyectos elegibles probablemente no pueda acceder nuevamente al mercado de bonos verdes, pues no habrá inversionistas dispuestos a adquirir sus instrumentos.
Sin perjuicio de lo anterior, también conviene tener en cuenta que desde el punto de vista contractual los prospectos informativos y contratos de emisión de los bonos verdes pueden identificar con claridad el uso que se le dará a los fondos obtenidos de la emisión, y las características de los “proyectos verdes” que serán elegibles para ser financiados. Asimismo, dichos prospectos y contratos de emisión pueden establecer como una obligación específica del emisor el cumplir con el uso de fondos establecido en el prospecto, y que el incumplimiento de dicha obligación constituirá un Evento de Incumplimiento. La configuración de dicho Evento de Incumplimiento puede facultar al representante de los bonistas a declarar la aceleración de los bonos y exigir su pago inmediato. La regulación contractual antes mencionada ha sido el estándar aplicado en las emisiones de bonos verdes locales.
Por último, desde el punto de vista regulatorio, cuando se trata de emisiones de bonos verdes por oferta pública en el mercado local, el emisor debe informar como hecho de importancia cualquier tema que sea relevante para el inversionista, incluyendo los reportes emitidos por el emisor sobre el adecuado uso de fondos y correcta asignación a los proyectos elegibles; los informes de verificación emitidos por auditores externos; así como cualquier situación que pudiese implicar deficiencias en el monitoreo o desviaciones en cuanto al adecuado uso de los fondos. El incumplimiento en la presentación de hechos de importancia podría dar lugar a la aplicación de sanciones al emisor.