Mediante Decreto Supremo N° 009-2020-MC, publicado el 21 de julio de 2020, el Ministerio de Cultura aprobó la Política Nacional de Cultura al 2030 (en adelante, “Política”). La Política es de obligatorio cumplimiento para todas las entidades de la Administración Pública, y deberá ser conducida bajo responsabilidad del Ministerio de Cultura.

En líneas generales, la Política regulará la actuación del Estado en materia cultural, estableciendo, para ello, seis (6) objetivos prioritarios acompañados de lineamientos para poder conseguirlos. Entre tales objetivos se encuentran:

I. Fortalecer la valoración de la diversidad cultural
II. Incrementar la participación de la población en las expresiones artístico –culturales
III. Fortalecer el desarrollo sostenible de las artes e industrias culturales y creativas
IV. Fortalecer la valoración del patrimonio cultural
V. Fortalecer la protección y salvaguardia del patrimonio cultural para su uso social
VI. Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural

En adición con lo anterior, los objetivos prioritarios referidos previamente se implementarán por medio de instrumentos regulatorios, o a través de la provisión de bienes y servicios entregados a los ciudadanos y ciudadanas. En ese sentido, la Política estaría destinada a 350 mil ciudadanos de comunidades indígenas en 5,351 centros poblados de diez regiones del país.

Cabe precisar que el seguimiento y evaluación de la Política se encuentra a cargo de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, en articulación con la Unidad de Estudios Económicos. Por último, de acuerdo con el documento publicado, la Política guarda alineación con otras Políticas que han venido siendo impulsadas desde el Estado.

Referencias: Diario El Peruano