Se aprobó el Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor

El domingo 25 de abril se aprobó la adecuación del Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor mediante el Decreto Supremo N° 005-2022-MIDAGRI. Al respecto es importante señalar que la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), con la participación del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y en coordinación con el Ministerio del Ambiente (MINAM), adecúa el Reglamento en concordancia con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

De este modo, en los considerandos del Decreto Supremo N° 005-2022-MIDAGRI se establece que la adecuación del referido Reglamento tiene la finalidad de fomentar el uso racional continuado de las tierras, conseguir el óptimo beneficio social y económico dentro de la concepción y principios del desarrollo sostenible, evitando la degradación de los ecosistema. Ello sin perjuicio de las modificaciones que pudieran generarse, como consecuencia de los nuevos conocimientos sobre el comportamiento y respuestas de las tierras a las prácticas y sistemas de manejo.

Con lo anterior en cuenta, el artículo 1 del Reglamento señala su objeto el cual es establece disposiciones y regular el procedimiento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor. Es importante señalar que el presente Decreto Supremo deroga al Decreto Supremo N° 017-2009-AG, el cual aprobó el Reglamento anterior.

Referencia:

MIDAGRI (2022). Decreto Supremo N° 005-2022-MIDAGRI, Decreto que aprueba el Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor.

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