El pasado 27 de julio el Gobierno promulgó la Ley N° 31316, Ley de prevención y control de la contaminación lumínica, la cual establece el marco regulatorio aplicable a todas las fuentes de contaminación lumínica en el país. De este modo, tiene el objetivo de contribuir a la promoción de la eficiencia energética, la seguridad vial, evitar la alteración del paisaje, prevenir los riesgos a la salud y la mejora de la calidad de vida [1].

Su ámbito de aplicación reside en la iluminación que proviene de actividades deportivas, industriales, productivas y de servicios; elementos de publicidad exterior (EPE) y alumbrado de las vías públicas. Asimismo, sus disposiciones no resultan aplicables para aquellas actividades en las que la iluminación es de suma relevancia para garantizar la vida, integridad y seguridad de las personas [2].

En este sentido, el Ministerio del Ambiente (MINAM) en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) tendrá la función de elaborar, desarrollar y aprobar los límites máximos de luminancia para los elementos de publicidad exterior (EPE). De igual manera, deberá establecer un protocolo de monitoreo de luminancia y el procedimiento para la valorización de residuos sólidos generados por los titulares de los EPE. De acuerdo al MINAM, las acciones de monitoreo harán posible elaborar una línea base de luminancia a nivel nacional para elaborar futuros instrumentos normativos vinculados a la prevención y control de la contaminación lumínica.

Referencias:

[1] MINAM (2021). Gobierno promulga Ley de prevención y control de la contaminación lumínica. https://www.gob.pe/institucion/minam/noticias/508608-gobierno-promulga-ley-de-prevencion-y-control-de-la-contaminacion-luminica

[2] El Peruano (2021). Ley de prevención y control de la contaminación lumínica. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-de-prevencion-y-control-de-la-contaminacion-luminica-ley-n-31316-1976876-1/