El día 15 de marzo, el presidente Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declaró el Estado de Emergencia Nacional por 15 días a causa del coronavirus (COVID-19). De igual manera, se dio a conocer el Decreto de Urgencia Nº 026 – 2020, donde se desarrolla todas las disposiciones planteadas en aquel Decreto Supremo.
Entre las disposiciones más relevantes en materia ambiental para combatir al COVID-19, se encuentra el mejor manejo y tratamiento de los residuos municipales [1] y biocontaminados [2], que estará a cargo, de manera excepcional [3], por el Ministerio del Ambiente (MINAM) durante el año fiscal 2020.
Ahora, el MINAM se encargará de realizar contrataciones de bienes y servicios para el manejo de residuos municipales y biocontaminados dentro del ámbito de Lima y Callao, obedeciendo los requerimientos del Ministerio de Salud (MINSA) y de los gobiernos locales destinados a la prevención del COVID-19.
Para que el MINAM pueda llevar a cabo esta tarea, se ha realizado una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 hasta por la suma de 10,039,000 soles. Por último, se señala que el MINAM, deberá elaborar, dentro de los primeros seis meses del año 2021, un informe sobre los resultados obtenidos de las acciones y gastos realizados en esta tarea. Dicho informe será publicado en el portal del MINAM.
A manera de reflexión, Conexión Ambiental brinda ciertas recomendaciones para prevenir el COVID-19 [4].
- Cuidar la higiene: lavarse las manos con frecuencia, evitar tocarse la cara con las manos sin lavar.
- Acatar el Estado de Emergencia: permanecer en casa, evitar los lugares concurridos y salir, únicamente, cuando sea necesario, como es la compra de alimentos o medicamentos de primera necesidad.
- Mantener la calma: si se presentan síntomas, mantenerse aislados y tratarse dentro de la casa. En caso los síntomas se intensifiquen, llamar al 113 y el personal del MINSA guiará.
Referencias:
[1] Son aquellos generados en domicilios, comercios y por actividades que generan residuos similares a estos, cuya gestión ha sido encomendada a las municipalidades. Conforme a la “Ley de gestión Integral de residuos sólidos”, aprobada con el Decreto Legislativo N°1278.
[2] Son aquellos residuos peligrosos generados en el proceso de la atención e investigación médica que están contaminados con agentes infecciosos, o que pueden contener altas concentraciones de microorganismos que son de potencial riesgo para la persona que entre en contacto con dichos residuos. Definición hallada en Norma Técnica de Salud: “Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo a nivel Nacional”
[3] Como regla general, la gestión de los residuos es de responsabilidad de las municipalidades (provinciales y distritales), en el ámbito de su jurisdicción, incluyendo la contratación de bienes y servicios para el manejo de residuos municipales y biocontaminados. Competencia señalada en el artículo 22 y el Capítulo 3 de la “Ley de gestión Integral de residuos sólidos”, aprobada con el Decreto Legislativo N°1278.
[4] Para más información, sugerimos navegar el portal institucional del Gobierno peruano acerca del coronavirus: https://www.gob.pe/coronavirus