En la legislación peruana existen diversos instrumentos de gestión ambiental y dentro de estos se encuentran los estándares de calidad ambiental (ECA) y límites máximos permisibles (LMP).
Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) son medidas de la concentración de elementos o parámetros presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. Su aplicación se realiza directamente en los cuerpos receptores, a saber, aire, agua y suelo [1]. No son de exigencia legal, sino que son usados para el establecimiento de políticas ambientales públicas. Asimismo, en la medida en que son estándares generales, se deben aplicar a la sociedad en su conjunto [2]. En otras palabras, no miden las emisiones de alguien en particular sino que buscan establecer un nivel aceptable de calidad para las emisiones realizadas por toda la sociedad.
Por otro lado, los Límites Máximos Permisibles son medidas de la concentración de elementos o parámetros que caracterizan a un efluente o una emisión que al ser excedida causa o tiene potencialidad de causar daños a la salud, así como al bienestar humano y al ambiente. Su aplicación se realiza en los mismos puntos de vertimiento y emisión [1]. También, y a diferencia de los ECA, los LMP establecen un límite aplicable a las emisiones, efluentes o descargas al ambiente, individualizando los límites por actividad productiva. De esta manera, los LMP son exigibles y su cumplimiento es obligatorio para las personas o empresas de cada sector, quienes deben realizar las acciones necesarias para que su accionar no sobrepase los LMP establecidos [2].
Se tiene entonces, que los ECA son de aplicación general, es decir, para la sociedad en su conjunto; mientras tanto los LMP han sido desarrollados para regular actividades particulares [2].
Por el lado de los ECA, la normativa relevante es la siguiente [3]:
- Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire
- Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para suelo
- Valor anual de concentración de plomo
- Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
- Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Radiaciones No Ionizantes
- Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua
Dentro de los límites Máximos Permisible, podemos encontrar [4]:
- Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de plantas industriales de fabricación de cemento y/o cal (Decreto Supremo N° 001-2020-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) de ruido generado por las aeronaves que operan en el territorio nacional (Decreto Supremo N° 005-2019-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) para efluentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto (Decreto Supremo N° 010-2018-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) de emisiones atmosféricas para vehículos automotores (Decreto Supremo N° 010-2017-MINAM).
- Aprueban los Límites Máximos Permisibles para las Emisiones Gaseosas y de Partículas de las Actividades del Sub Sector Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 014-2010-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas (Decreto Supremo N° 010-2010-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) para los efluentes de plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas o municipales (PTAR), para el Sector Vivienda (Decreto Supremo N° 003-2010-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) para emisiones de la industria de harina y aceite de pescado y harina de residuos hidrobiológicos (Decreto Supremo N° 011-2009-MINAM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) de efluentes Líquidos para el Sub-sector Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 037-2008-PCM).
- Límites Máximos Permisibles (LMP) y Valores Referenciales para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre y papel (Decreto Supremo N° 003-2002-PRODUCE).
- Niveles máximos permisibles para efluentes líquidos producto de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica (Resolución Directoral N° 008-97-EM-DGAA).
Referencias:
[1] Ministerio del Ambiente. (2021, 01 de diciembre). Minam ejecuta diversas acciones para mejorar la calidad ambiental del país. Recuperado de: https://www.gob.pe/institucion/minam/noticias/566310-minam-ejecuta-diversas-acciones-para-mejorar-la-calidad-ambiental-del-pais
[2] Conexiónesan. (2016, 27 de abril). ¿Qué son los estándares de calidad ambiental y los límites máximos permisibles?. Recuperado de: https://www.esan.edu.pe/apuntes-empresariales/2016/04/que-son-los-estandares-de-calidad-ambiental-y-los-limites-maximos-permisibles/
[3] Ministerio del Ambiente. (s/f)). Estándares de calidad ambiental. Recuperado de: https://www.minam.gob.pe/calidadambiental/estandares-de-calidad-ambiental/
[4] Ministerio del Ambiente. (s/f). Límites Máximos Permisibles – LMP. Recuperado de: https://sinia.minam.gob.pe/normas/limites-maximos-permisibles